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Calculadora Impuesto a las Ganancias Argentina 2026 — Escala Oficial Art. 94

⚠️ Información fiscal: Los valores se actualizan semestralmente. Consulte un contador público para su situación particular.

Resumen rapido

El Impuesto a las Ganancias 4ta categoría en Argentina grava los sueldos en relación de dependencia a través de una escala progresiva de 7 tramos (5% a 35%), actualizada semestralmente por IPC. Datos clave 1er semestre 2026: MNI mensual $858.634, deducción especial $2.575.902, deducción por cónyuge $4.851.965/año, por hijo $2.446.863/año. Un empleado soltero sin hijos comienza a pagar Ganancias aproximadamente desde los $1.800.000 brutos/mes.

Tu calculo

Impuesto a las Ganancias estimado por sueldo bruto — Tabla 2026

Estimación mensual del impuesto a las Ganancias para empleado soltero sin hijos en relación de dependencia, con deducción especial. 1er semestre 2026. Valores orientativos.

Sueldo brutoAportes (17%)Impuesto GananciasTipo efectivoNeto estimado
$1.000.000$170.000$00%$830.000
$1.500.000$255.000$00%$1.245.000
$2.000.000$340.000$24.5001.2%$1.635.500
$2.500.000$425.000$72.0002.9%$2.003.000
$3.000.000$510.000$135.0004.5%$2.355.000
$4.000.000$680.000$316.0007.9%$3.004.000
$5.000.000$850.000$543.00010.9%$3.607.000
$7.000.000$1.190.000$1.105.00015.8%$4.705.000

Cálculo simplificado: soltero, sin hijos, con deducción especial. No incluye deducciones adicionales (medicina prepaga, intereses hipotecarios, etc.). Datos 1er semestre 2026.

¿Qué es el Impuesto a las Ganancias y quiénes lo pagan?

El Impuesto a las Ganancias (Ley 20.628) es el tributo que grava los ingresos obtenidos por personas físicas y jurídicas en Argentina. Para los trabajadores en relación de dependencia, corresponde a la cuarta categoría y es retenido directamente por el empleador en cada liquidación de haberes.

¿Quiénes pagan Ganancias 4ta categoría?

Tipo de trabajador¿Paga Ganancias?Condición
Empleado en relación de dependenciaSí (si supera el MNI)Empleador retiene y deposita
Jubilado / PensionadoSí (según monto)ANSES retiene
Trabajador autónomoSí (liquidación propia)Presentación anual
MonotributistaNo (régimen exento)Paga cuota fija mensual
Ganancia neta imponible = Sueldo bruto − Aportes (17%) − MNI − Deducción especial − Cargas de familia
Ley 27.743 (julio 2024): La llamada "4ta categoría mínima" estableció que los trabajadores en relación de dependencia con ingresos hasta cierto umbral quedan exentos. Los valores se actualizan semestralmente por la variación del IPC del INDEC. Para el 1er semestre 2026, el umbral de no retención para soltero sin hijos es aproximadamente $1.800.000 brutos/mes.

Escala del Impuesto a las Ganancias 2026 (Art. 94 LIG)

La escala del artículo 94 de la Ley del Impuesto a las Ganancias es progresiva y se aplica sobre la ganancia neta imponible anual. Los tramos se actualizan semestralmente por IPC. Valores anuales 1er semestre 2026:

Escala anual art. 94 LIG — 1er semestre 2026

Ganancia neta imponible anualCuota fijaAlícuota marginal
Hasta $2.000.030$05%
$2.000.031 a $4.000.060$100.0019%
$4.000.061 a $6.000.090$280.00612%
$6.000.091 a $10.000.150$520.00915%
$10.000.151 a $15.000.180$1.120.01819%
$15.000.181 a $20.000.214$2.070.02823%
Más de $60.750.914Cálculo escalonado35%
Impuesto mensual = Cuota fija del tramo + [(Ganancia neta imponible − Límite inferior del tramo) × Alícuota marginal %]
Actualización semestral: Los valores de la escala se actualizan cada 6 meses según la variación del IPC del INDEC (enero y julio). La escala 2do semestre 2026 se publicará en julio con los valores ajustados por inflación. No utilice tablas de períodos anteriores.

¿Cuáles son las deducciones personales del Impuesto a las Ganancias 2026?

Las deducciones personales reducen la base imponible antes de aplicar la escala progresiva. Para el 1er semestre 2026, los valores son:

Deducciones personales 1er semestre 2026

DeducciónImporte anualImporte mensual equivalente
Mínimo No Imponible (MNI)$10.303.605$858.634
Deducción especial (relación de dependencia)$30.910.815$2.575.902
Deducción por cónyuge a cargo$4.851.965$404.330
Deducción por hijo menor de 18 años$2.446.863$203.905
Deducción por hijo incapacitado$4.893.726$407.811
Base imponible mensual = Sueldo bruto − Aportes − MNI − Deducción especial − (Cónyuge + Hijos según corresponda)
Ejemplo cálculo con cargas de familia: Empleado casado con 2 hijos, sueldo bruto $3.000.000/mes.
Aportes (17%): −$510.000 → Sueldo neto: $2.490.000
MNI mensual: −$858.634
Deducción especial: −$2.575.902
Cónyuge: −$404.330
2 hijos: −$407.810
Base imponible: $2.490.000 − $4.246.676 = $0 (no paga Ganancias)
Resultado: exento de Ganancias con estas deducciones.
SIRADIG (F.572 web): Para declarar las deducciones por cargas de familia, el empleado debe completar el Formulario 572 web (SIRADIG-Trabajador) en el portal de ARCA (ex AFIP). Sin esta declaración, el empleador no puede aplicar las deducciones y retendrá de más.

¿Cómo se calcula paso a paso el Impuesto a las Ganancias?

El empleador calcula y retiene el impuesto mensualmente, aplicando el método de ajuste acumulativo (retención acumulada menos retenciones ya practicadas).

Paso 1: Calcular la ganancia bruta

Ganancia bruta = Sueldo bruto − Aportes a la seguridad social (17%)

Paso 2: Aplicar deducciones personales

Ganancia neta = Ganancia bruta − MNI − Deducción especial − Cargas de familia

Paso 3: Aplicar la escala progresiva

Impuesto mensual = Cuota fija + (Excedente del límite inferior × Alícuota marginal)
Ejemplo completo: Empleado soltero, sin hijos, sueldo bruto $2.500.000/mes. 1er semestre 2026.
Paso 1 — Aportes: $2.500.000 × 17% = $425.000. Ganancia bruta: $2.075.000
Paso 2 — Deducciones: MNI $858.634 + Deducción especial $2.575.902 = $3.434.536
Ganancia neta: $2.075.000 − $3.434.536 = −$1.359.536 → $0 (no paga)
Ejemplo con pago de Ganancias: Empleado soltero, sueldo bruto $5.000.000/mes.
Aportes: $850.000. Ganancia bruta: $4.150.000
Deducciones: $3.434.536
Base imponible: $715.464/mes → anualizado: $8.585.568
Tramo: entre $6.000.091 y $10.000.150 (alícuota 15%)
Impuesto anual: $520.009 + ($8.585.568 − $6.000.090) × 15% = $520.009 + $387.822 = $907.831
Impuesto mensual: ~$75.652

¿El aguinaldo (SAC) paga Impuesto a las Ganancias?

Sí, el aguinaldo o SAC (Sueldo Anual Complementario) está sujeto al Impuesto a las Ganancias cuando supera ciertos umbrales. Sin embargo, existe una exención parcial establecida por la Ley 27.073 y modificatorias.

Tratamiento fiscal del SAC

SituaciónTratamiento
SAC de empleado que NO paga Ganancias habitualmenteExento (no genera retención)
SAC de empleado que SÍ paga GananciasSe incorpora al ingreso del mes de pago; genera retención proporcional
SAC proporcional en liquidación finalSujeto a retención si corresponde
Ganancia bruta del mes de SAC = Sueldo bruto del mes + SAC − Aportes del SAC
Ejemplo: Empleado que paga Ganancias, sueldo $3.500.000/mes. En junio cobra el SAC de $1.750.000.
Ingreso bruto junio: $3.500.000 + $1.750.000 = $5.250.000
Se aplica el método de retención acumulado para junio, resultando en una mayor retención ese mes.
El SAC en sí no está exento para quien paga Ganancias habitualmente.
Cambio legislativo: La Ley 27.073 (2014) estableció la exención del SAC para empleados que no alcanzan el MNI. La Ley 27.743 (2024) amplió los umbrales de no retención. Consulte a su empleador o a un contador para conocer la situación exacta en cada período.

Diferencias entre el Impuesto a las Ganancias para autónomos y empleados

El tratamiento del Impuesto a las Ganancias varía significativamente entre trabajadores en relación de dependencia y trabajadores autónomos.

CaracterísticaEmpleado (4ta categoría)Autónomo (4ta cat.)
Quién retiene/pagaEmpleador retiene mensualmenteEl propio contribuyente
AnticiposRetención mensual directa5 anticipos bianuales
Declaración juradaNo obligatoria (empleador la presenta)Obligatoria (junio DDJJ anual)
Deducción especial3× MNI ($2.575.902/mes)1× MNI ($858.634/mes)
SIRADIGObligatorio para declarar deduccionesNo aplica
MonotributoNo aplica (régimen excluyente)Opción para facturación < tope
Atención autónomos: Los trabajadores autónomos tienen una deducción especial menor (solo 1× MNI vs. 3× MNI de los empleados en relación de dependencia). Además, deben presentar DDJJ anual en junio y pagar anticipos bimestrales. Muchos autónomos optan por el Monotributo mientras no superen los topes de facturación, ya que simplifica enormemente la carga fiscal.

💡 Preguntas frecuentes

¿A partir de qué sueldo se paga Ganancias en 2026?

Para el 1er semestre 2026, un empleado soltero sin hijos en relación de dependencia comienza a pagar Impuesto a las Ganancias aproximadamente desde los $1.800.000 brutos/mes. Para un casado con 2 hijos, el umbral sube a aproximadamente $2.800.000/mes. Los valores exactos dependen de la combinación de deducciones y se actualizan cada 6 meses por IPC.

¿Cuánto es el Mínimo No Imponible 2026?

El MNI para el 1er semestre 2026 es de $10.303.605 anuales, equivalente a $858.634/mes. Este valor se actualiza semestralmente por la variación del IPC del INDEC. El MNI mensualizado se deduce del sueldo junto con la deducción especial ($2.575.902/mes para empleados en relación de dependencia).

¿Se actualizan las escalas de Ganancias?

Sí. A partir de la Ley 27.743 (julio 2024), las escalas, el MNI y las deducciones personales se actualizan semestralmente (enero y julio) según la variación del IPC del INDEC. Esto protege el salario real de los trabajadores de la erosión inflacionaria. Los valores del 2do semestre 2026 se publicarán en julio.

¿Cómo declaro cargas de familia para reducir Ganancias?

Para declarar las deducciones por cónyuge e hijos, debe completar el Formulario 572 web (SIRADIG-Trabajador) en el portal de ARCA (afip.gob.ar). El empleador descargará esa información para aplicar las deducciones en la liquidación mensual. También puede informar gastos de educación, medicina prepaga e intereses hipotecarios por la misma vía.

¿El aguinaldo está exento de Ganancias?

Parcialmente. Si el empleado no alcanza el umbral de retención con su sueldo habitual, el SAC también está exento. Si el empleado paga Ganancias regularmente, el SAC se incorpora al ingreso del mes de pago (junio/diciembre) y puede generar una mayor retención ese mes, aunque se aplica el método acumulativo para evitar sobretribulación.

¿Cuándo se hace la declaración jurada de Ganancias?

Los empleados en relación de dependencia no presentan DDJJ anual (la presentan sus empleadores). Los trabajadores autónomos sí deben presentar la DDJJ anual en junio. El empleado que obtuvo ingresos de más de un empleador en el año debe informarlo al empleador principal para que practique la retención correcta.

¿Qué es ARCA (ex AFIP)?

ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) es el organismo federal que reemplazó a la AFIP a partir de finales de 2024. Gestiona la recaudación de impuestos nacionales, el SIRADIG y todos los trámites fiscales. Su portal web es afip.gob.ar/arca y el sistema SIRADIG para empleados está disponible en el mismo sitio.

✅ Verificado por Diego Fernandez

Economista y consultor fiscal con experiencia en tributacion argentina. Expertos verificados en finanzas, fiscalidad y matematicas.

Ultima actualizacion: marzo 2026

📚 Fuentes: AFIP/ARCA — Ganancias 4ta categoría (afip.gob.ar) · Ley 20.628 — Ley del Impuesto a las Ganancias · Ley 27.743 — Actualización salarial y exenciones 2024 · INDEC — IPC variación semestral · Resolución General ARCA — Escala 1er semestre 2026

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