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Cálculo de Indemnización por Despido en Argentina 2026 — Art. 245 LCT

⚠️ Información importante: Este cálculo es orientativo. Los montos pueden variar según el convenio colectivo aplicable. Consulte un abogado laboralista.

Datos clave

La indemnización por despido sin causa en Argentina se calcula según el Art. 245 de la LCT: 1 mes de salario por cada año de antigüedad (o fracción mayor a 3 meses). Dato clave 2026: el SMVM es de $352.400/mes ($1.762/hora). La indemnización incluye la base del art. 245, el preaviso (15 días a 2 meses), la integración del mes, el SAC proporcional y las vacaciones no gozadas. El fallo Vizzoti (CSJN 2004) garantiza un piso del 67% de la mejor remuneración cuando el tope del CCT resulte inferior.

📊 Calculadora

Indemnización estimada por salario y antigüedad — Tabla 2026

Indemnización total estimada para despido sin causa (art. 245 LCT), incluyendo base, preaviso (1 mes), integración, SAC proporcional y vacaciones no gozadas. Cálculo sin aplicar tope de CCT.

Salario mensual1 año3 años5 años10 años
$352.400 (SMVM)$845.760$1.761.600$2.677.440$4.862.280
$500.000$1.200.000$2.500.000$3.800.000$6.900.000
$800.000$1.920.000$4.000.000$6.080.000$11.040.000
$1.200.000$2.880.000$6.000.000$9.120.000$16.560.000
$1.800.000$4.320.000$9.000.000$13.680.000$24.840.000
$2.500.000$6.000.000$12.500.000$19.000.000$34.500.000
$3.000.000$7.200.000$15.000.000$22.800.000$41.400.000

Estimación aproximada: base art. 245 + 1 mes preaviso + 15 días integración + SAC proporcional (6 meses) + 14 días vacaciones. Sin aplicar tope CCT. Los valores son orientativos y pueden variar.

¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin causa en Argentina?

El artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) es la norma central del derecho laboral argentino. Establece una indemnización por despido sin expresión de causa para todos los trabajadores en relación de dependencia.

Componentes de la fórmula

ComponenteFórmulaNota
Indemnización base (art. 245)Mejor remuneración × años de antigüedadMin. 1 mes; fracción > 3 meses = 1 año
Preaviso15 días / 1 mes / 2 meses según antigüedadO pago sustitutivo
Integración del mes de despidoSalario proporcional al mes en cursoSolo si no se otorgó preaviso
SAC proporcionalSalario ÷ 12 × meses del semestreHasta el último día trabajado
Vacaciones no gozadas(Salario ÷ 25) × días según antigüedadProporcional al año trabajado
Indemnización base (art. 245) = Mejor remuneración normal y habitual × Años de antigüedad
Indemnización total = Base art. 245 + Preaviso + Integración mes + SAC proporcional + Vacaciones no gozadas
Ejemplo práctico: María, salario $900.000/mes, 4 años de antigüedad, despido sin causa en marzo 2026.
Base art. 245: $900.000 × 4 = $3.600.000
Preaviso (1 mes): $900.000
Integración mes (aprox. 15 días): $450.000
SAC prop. (3 meses del 1er semestre): $225.000
Vacaciones (14 días): $504.000
Total indemnización: $5.679.000 ARS
Atención: La base de cálculo es la mejor remuneración normal y habitual de los últimos 12 meses, no el salario de bolsillo. Incluye todas las sumas remunerativas regulares (presentismo, antigüedad, etc.) pero NO incluye horas extra ocasionales, SAC, bonos no habituales ni gastos de representación.
Ejemplo salario mínimo: Juan, SMVM $352.400/mes, 2 años de antigüedad, despido sin causa.
Base art. 245: $352.400 × 2 = $704.800
Piso Vizzoti (67%): $352.400 × 0.67 = $236.108 por año → $472.216 (inferior, no aplica)
Preaviso (1 mes): $352.400
SAC prop.: $88.100
Vacaciones (14 días): $197.344
Total: ~$1.632.644 ARS

¿Cuánto corresponde de preaviso según la antigüedad del trabajador?

El preaviso está regulado por el artículo 231 de la LCT. Su duración varía según la antigüedad del trabajador y debe notificarse al inicio de un mes, salvo pacto en contrario.

Tabla de preaviso según antigüedad (art. 231 LCT)

AntigüedadPreaviso obligatorioPago sustitutivo
Menos de 3 meses (período de prueba)15 días½ mes de salario
3 meses a 5 años1 mes1 mes de salario
Más de 5 años2 meses2 meses de salario
Pago sustitutivo de preaviso = (Salario mensual ÷ 30) × días de preaviso
Ejemplo: Trabajador con 3 años de antigüedad y salario de $600.000/mes. El empleador decide prescindir del preaviso y pagar su equivalente.
Preaviso sustitutivo: ($600.000 ÷ 30) × 30 días = $600.000
Más SAC sobre preaviso: $600.000 ÷ 12 = $50.000
Total preaviso + SAC: $650.000
Importante: El preaviso también genera derecho al SAC proporcional sobre ese período. El trabajador puede optar por trabajar el preaviso o cobrar su pago sustitutivo. Si el empleador no otorga preaviso, deberá abonar la integración del mes de despido además del pago sustitutivo de preaviso (arts. 232 y 233 LCT).

¿Se incluye el SAC proporcional en la liquidación final?

Sí. El SAC proporcional (Sueldo Anual Complementario, conocido como aguinaldo) es un componente obligatorio de toda liquidación final, independientemente del motivo de egreso.

SAC proporcional = (Mejor remuneración ÷ 12) × meses trabajados en el semestre en curso

Semestres del SAC

SemestrePeríodoVencimiento pago
1er semestre1 enero – 30 junio30 de junio
2do semestre1 julio – 31 diciembre31 de diciembre (o 18 dic.)
Ejemplo: Empleado con salario $1.000.000/mes que es despedido en marzo 2026 (3er mes del 1er semestre).
SAC proporcional: ($1.000.000 ÷ 12) × 3 = $250.000
SAC a cobrar en liquidación final: $250.000
SAC sobre indemnización y preaviso: Además del SAC proporcional del período trabajado, también corresponde SAC sobre la indemnización y el preaviso. Fórmula: (Indemnización base + Preaviso) ÷ 12 = SAC adicional.
Jurisprudencia: El SAC proporcional integra la liquidación final y no puede ser retenido por el empleador bajo ningún concepto. La mora en su pago genera intereses desde la fecha de extinción del vínculo laboral.

¿Cómo se calculan las vacaciones no gozadas en la liquidación?

Las vacaciones no gozadas deben pagarse en proporción a los meses trabajados en el año. La cantidad de días depende de la antigüedad del trabajador, según el artículo 150 de la LCT.

Tabla de días de vacaciones según antigüedad (art. 150 LCT)

AntigüedadDías hábiles de vacaciones
Menos de 5 años14 días
5 a 10 años21 días
10 a 20 años28 días
Más de 20 años35 días
Vacaciones no gozadas = (Salario ÷ 25) × días según antigüedad × (meses trabajados en el año ÷ 12)
Ejemplo: Trabajador con 6 años de antigüedad (21 días de vacaciones), salario $800.000/mes, despedido en agosto (8 meses trabajados en el año).
Vacaciones prop.: ($800.000 ÷ 25) × 21 × (8 ÷ 12) = $32.000 × 21 × 0.667 = $448.560
Vacaciones a cobrar: $448.560
Divisor 25: La LCT utiliza el divisor 25 para calcular el valor del día de vacaciones (no 30), porque los días de vacaciones son hábiles. Este divisor es fijo e inaplicable cualquier otro.

¿Qué es el tope indemnizatorio y cómo funciona el piso del 67%?

El tope indemnizatorio del art. 245 LCT limita la base de cálculo a 3 veces el promedio mensual de las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo (CCT) aplicable al sector. Sin embargo, no puede ser inferior al 67% de la mejor remuneración real del trabajador.

Tope art. 245 = 3 × (promedio mensual del CCT aplicable)
Piso Vizzoti = 67% de la mejor remuneración normal y habitual del trabajador

Fallo Vizzoti (CSJN, 14/09/2004)

SituaciónBase de cálculo aplicable
Tope CCT > 67% del salario realSe aplica el tope del CCT
Tope CCT < 67% del salario realSe aplica el piso Vizzoti (67% del salario real)
Salario real = SMVMSiempre se usa el salario real (no hay tope relevante)
Ejemplo con tope CCT: Empleado con salario $4.000.000/mes. El tope del CCT aplicable es $2.800.000. El 67% del salario real = $2.680.000. Como el tope ($2.800.000) > piso Vizzoti ($2.680.000), se aplica el tope del CCT.
Base de cálculo: $2.800.000 (no $4.000.000)
Ejemplo con piso Vizzoti activo: Empleado con salario $4.000.000/mes. El tope del CCT es $2.400.000. El 67% del salario real = $2.680.000. Como el tope ($2.400.000) < piso Vizzoti ($2.680.000), la CSJN declaró inconstitucional aplicar ese tope.
Base de cálculo: $2.680.000 (piso Vizzoti)
Jurisprudencia vigente: El fallo Vizzoti c/ AMSA S.A. (CSJN 2004) declaró inconstitucional el tope cuando supera el 33% de reducción del salario real. Es doctrina judicial consolidada en todos los tribunales laborales argentinos.

¿Qué cambió con la reforma laboral 2026 en materia de indemnizaciones?

La reforma laboral impulsada mediante el DNU 70/2023 y legislación complementaria introducida en 2025-2026 modificó varios aspectos del régimen de extinción laboral en Argentina.

Sistema de Cese Laboral (SCL) — Alternativa al art. 245

RégimenCaracterística principalAplicación
Art. 245 LCT (tradicional)Pago único al momento del despidoTodos los empleados sin SCL
Sistema de Cese Laboral (SCL)Fondo mensual acumulado (opción empresarial)Empresas que adhieran voluntariamente
Fondo de Cese Laboral = 8% del salario mensual bruto (aporte mensual del empleador al fondo)
Ejemplo comparativo: Empleado con salario $1.000.000/mes y 5 años de antigüedad.
Sistema tradicional (art. 245): $1.000.000 × 5 = $5.000.000 al momento del despido
Sistema de Cese Laboral: $1.000.000 × 8% × 60 meses = $4.800.000 acumulado en el fondo
Diferencia: $200.000 menos en el SCL para este ejemplo (varía según rendimientos del fondo).
Reforma 2026: La adopción del Sistema de Cese Laboral es voluntaria para el empleador y requiere acuerdo con el sindicato correspondiente. Mientras no se adhiera al SCL, el régimen del art. 245 LCT sigue siendo el aplicable. La reforma no modifica el cálculo del preaviso, vacaciones ni SAC proporcional.

Otras modificaciones relevantes

AspectoAntes de la reformaPost-reforma 2026
Doble indemnización (emergencia)Vigente en períodos de crisisEliminada salvo decreto específico
Período de prueba3 mesesHasta 8 meses (según empresa)
Sistema Cese LaboralNo existíaOpción voluntaria desde 2025

🤔 Preguntas frecuentes

¿Cuánto me corresponde de indemnización si me despiden sin causa?

Si te despiden sin causa justificada, te corresponde: 1 mes de la mejor remuneración normal y habitual por cada año de antigüedad (art. 245 LCT), más preaviso (15 días a 2 meses según antigüedad), más integración del mes de despido, más SAC proporcional y más vacaciones no gozadas. El mínimo no puede ser inferior a 1 mes de salario, y el piso Vizzoti garantiza que la base no se reduzca más del 33%.

¿Se paga indemnización si renuncio?

No. En caso de renuncia voluntaria no corresponde indemnización por despido (art. 245 LCT). Solo tienes derecho a la liquidación final: SAC proporcional del período trabajado, vacaciones no gozadas proporcionales y salarios adeudados. La renuncia debe ser notificada por telegrama colacionado o ante notario (art. 240 LCT).

¿Qué es el SAC proporcional en la liquidación final?

El SAC (Sueldo Anual Complementario), conocido como aguinaldo, se devenga mensualmente aunque se pague semestralmente. Al terminar el vínculo laboral por cualquier causa, el empleador debe abonar el SAC proporcional al tiempo trabajado en el semestre en curso. Se calcula como: (mejor remuneración ÷ 12) × meses trabajados en el semestre.

¿Existe un tope en la indemnización por despido?

Sí. El art. 245 LCT establece que la base de cálculo no puede superar 3 veces el promedio del salario del convenio colectivo aplicable. Sin embargo, el fallo Vizzoti (CSJN 2004) garantiza que este tope no puede reducir la indemnización en más del 33% del salario real del trabajador (piso del 67%).

¿Qué es el piso Vizzoti y cuándo se aplica?

El piso Vizzoti surge del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa Vizzoti c/ AMSA S.A. (2004), que declaró inconstitucional aplicar el tope del art. 245 cuando ello implica reducir la indemnización en más del 33%. En esos casos, la base mínima es el 67% de la mejor remuneración real del trabajador.

¿Se puede reemplazar la indemnización con un fondo de cese laboral?

Sí, desde la reforma laboral 2025-2026, las empresas pueden adherir voluntariamente al Sistema de Cese Laboral (SCL), que reemplaza la indemnización del art. 245. El empleador aporta un 8% mensual del salario a un fondo individual. La adopción del SCL requiere acuerdo sindical y no es obligatoria.

¿Cuánto es el preaviso si tengo 3 años de antigüedad?

Con 3 años de antigüedad te corresponde 1 mes de preaviso (art. 231 LCT). Si el empleador no otorga el preaviso y te comunica el despido en forma inmediata, debe abonarte el equivalente a 1 mes de salario como pago sustitutivo del preaviso, más la integración del mes de despido y el SAC proporcional sobre esos conceptos.

✅ Verificado por Diego Fernandez

Economista y consultor fiscal con experiencia en derecho laboral argentino. Expertos verificados en finanzas, fiscalidad y matematicas.

Ultima actualizacion: marzo 2026

📚 Fuentes: Ley 20.744 — Ley de Contrato de Trabajo (InfoLEG) · Ministerio de Trabajo (argentina.gob.ar/trabajo) · Fallo Vizzoti c/ AMSA S.A. — CSJN 14/09/2004 · SMVM 2026 — Resolución del CNEP · DNU 70/2023 y reforma laboral

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