Calculadora Aguinaldo 2026 México: 15 Días LFT + Exención ISR $3,519.30
Actualizado el · Por Diego Fernández, consultor fiscal y laboral · Normativa verificada: LFT art. 87 + LISR art. 93 fr. XIV + UMA INEGI 2026 ($117.31/día, DOF 09/01/2026) + CONASAMI SM 2026 ($315.04/día).
Lo esencial sobre el aguinaldo 2026 en México
El aguinaldo es una prestación obligatoria establecida en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT): todo trabajador con relación laboral subordinada tiene derecho a un mínimo de 15 días de salario por año trabajado. El plazo de pago es antes del 20 de diciembre. La exención de ISR, fijada por el LISR art. 93 fracción XIV, equivale a 30 días de UMA = 30 × $117.31 = $3,519.30 MXN en 2026 — no $2,886.60 como citan erróneamente algunos sitios con datos desactualizados.
- Mínimo legal LFT: 15 días de salario diario (art. 87 LFT) — plazo antes del 20 de diciembre
- Aguinaldo mínimo SM general 2026: 15 × $315.04 = $4,725.60 MXN
- Exención ISR 2026 (LISR art. 93): 30 UMA × $117.31 = $3,519.30 MXN
- Proporcional: (Salario diario × días aguinaldo) × (días trabajados / 365)
- No pago: multas STPS de $5,865 a $586,550 por trabajador (50–5,000 UMA)
Calculadora Aguinaldo 2026 — Proporcional, ISR y neto
Fórmulas LFT para calcular el aguinaldo 2026
La Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 87 dos escenarios de cálculo: el trabajador que laboró el año completo y el que ingresó o salió durante el año (proporcional). Ambos parten del salario diario base = salario mensual ÷ 30.
Aguinaldo año completo
Salario diario = Salario mensual ÷ 30
Ejemplo: Trabajador con $18,000/mes y 15 días de aguinaldo.
Salario diario = $18,000 ÷ 30 = $600.00
Aguinaldo bruto = $600 × 15 = $9,000.00
Aguinaldo proporcional
Se aplica cuando el trabajador no laboró los 365 días del año — ya sea por inicio tardío, renuncia, despido o incapacidad prolongada. La LFT no distingue entre motivos: cualquier trabajador con días laborados tiene derecho al proporcional correspondiente.
| Concepto | Se incluye | No se incluye |
|---|---|---|
| Base de cálculo | Sueldo base mensual/quincenal fijo | Comisiones variables, horas extra |
| Percepciones | Percepciones fijas ordinarias | Bonos de productividad, vales de despensa |
| Prestaciones en especie | — | Ilegal como pago (art. 101 LFT) |
Tabla aguinaldo 2026 por nivel salarial — 15 días LFT
Aguinaldo bruto para trabajador con año completo (365 días laborados), 15 días mínimo legal. Columnas ISR calculadas con exención correcta 2026: 30 UMA × $117.31 = $3,519.30.
| Salario mensual | Salario diario | Aguinaldo bruto (15d) | Exento ISR | Base gravable |
|---|---|---|---|---|
| $9,451 (SM × 30) | $315.04 | $4,725.60 | $3,519.30 | $1,206.30 |
| $13,227 (ZLFN × 30) | $440.87 | $6,613.05 | $3,519.30 | $3,093.75 |
| $12,000 | $400.00 | $6,000.00 | $3,519.30 | $2,480.70 |
| $15,000 | $500.00 | $7,500.00 | $3,519.30 | $3,980.70 |
| $20,000 | $666.67 | $10,000.00 | $3,519.30 | $6,480.70 |
| $30,000 | $1,000.00 | $15,000.00 | $3,519.30 | $11,480.70 |
La exención de ISR sobre aguinaldo en 2026 es 30 UMA diarias = 30 × $117.31 = $3,519.30 (LISR art. 93 fr. XIV), conforme a la UMA publicada por el INEGI (DOF 09/01/2026). Esta cifra reemplaza el valor anterior de $2,886.60 que corresponde a la UMA 2024 (~$96.22/día) — un dato ya obsoleto.
Exención ISR aguinaldo 2026 — 30 UMA = $3,519.30 (corrección crítica)
El fundamento legal es el artículo 93, fracción XIV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR): están exentos del ISR los ingresos por aguinaldo hasta el equivalente de 30 días del salario mínimo general — y desde la reforma de 2016 que desindexó la UMA del salario mínimo, la exención se aplica sobre la UMA, no sobre el salario mínimo.
El patrón retiene el ISR sobre la parte gravable aplicando el procedimiento especial del artículo 174 del Reglamento de la LISR (RLISR), que evita que el aguinaldo gravable se sume al salario ordinario del mes y caiga en un tramo fiscal desproporcionadamente alto. El cálculo correcto distribuye el ingreso gravable en función del ingreso ordinario del trabajador.
El CFDI de nómina debe emitirse con la clave de percepción 002 (Aguinaldo) en el complemento de nómina 1.2. La percepción exenta se reporta por separado de la parte gravable. Un error en el timbrado puede generar multas del SAT.
3 ejemplos de cálculo aguinaldo 2026 paso a paso
Ejemplo 1 — Trabajador salario mínimo, año completo
Empleada de limpieza con SM general 2026, contratada desde enero, 15 días de aguinaldo.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Salario mensual | $9,451.20 (SM × 30) |
| Salario diario base | $315.04 |
| Días aguinaldo | 15 |
| Aguinaldo bruto | $4,725.60 |
| Exención ISR (30 UMA) | $3,519.30 |
| Base gravable | $1,206.30 |
| ISR aprox. (tramo 1.92–6.40%) | ~$77 |
| Aguinaldo neto estimado | ~$4,649 |
Ejemplo 2 — Trabajador $15,000/mes, año completo
Administrativo con salario mensual de $15,000, empresa da 15 días de aguinaldo (mínimo legal).
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Salario mensual | $15,000.00 |
| Salario diario base | $500.00 |
| Días aguinaldo | 15 |
| Aguinaldo bruto | $7,500.00 |
| Exención ISR (30 UMA × $117.31) | $3,519.30 |
| Base gravable | $3,980.70 |
| ISR aprox. (art. 174 RLISR, tramo ~10%) | ~$433 |
| Aguinaldo neto estimado | ~$7,067 |
Ejemplo 3 — Trabajador proporcional (6 meses, $20,000/mes)
Analista que ingresó el 1 de julio de 2026. Salario $20,000/mes, 15 días de aguinaldo. Días trabajados: 184 (julio–diciembre).
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Salario mensual | $20,000.00 |
| Salario diario base | $666.67 |
| Días aguinaldo | 15 |
| Días trabajados en 2026 | 184 |
| Aguinaldo bruto proporcional | ($666.67 × 15) × (184 ÷ 365) = $5,040.00 |
| Exención ISR (30 UMA) | $3,519.30 |
| Base gravable | $1,520.70 |
| ISR aprox. | ~$165 |
| Aguinaldo neto estimado | ~$4,875 |
Los ISR estimados son referenciales. El cálculo exacto requiere aplicar el procedimiento art. 174 RLISR y considerar el ingreso ordinario mensual del trabajador para determinar el tramo correcto.
Plazo de pago: antes del 20 de diciembre — multas STPS por incumplimiento
El artículo 87 de la LFT establece sin ambigüedad: el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año. No existe prórroga legal ni mecanismo de aplazamiento unilateral por parte del patrón. Los trabajadores con aguinaldo proporcional (por renuncia o despido antes de diciembre) tienen derecho a recibirlo en el momento del corte de relación laboral.
| Obligación | Fecha límite | Consecuencia por incumplimiento |
|---|---|---|
| Pago aguinaldo completo o proporcional | Antes del 20 de diciembre | Multa STPS: 50–5,000 UMA por trabajador |
| Retención ISR aguinaldo | Al momento del pago | Recargos y actualizaciones SAT + multa fiscal |
| Timbrado CFDI nómina percepción 002 | Dentro de 3 días hábiles del pago | Multa SAT por CFDI extemporáneo |
| Depósito cuotas IMSS sobre aguinaldo | Bimestre correspondiente | Actualización e intereses IMSS |
Multas STPS 2026 por no pagar aguinaldo
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) puede imponer multas calculadas en UMA. Con la UMA 2026 de $117.31/día:
- Rango mínimo: 50 UMA × $117.31 = $5,865 MXN por trabajador afectado
- Rango máximo: 5,000 UMA × $117.31 = $586,550 MXN por trabajador afectado
- En caso de incumplimiento reiterado o intencional, se aplica el tope máximo más la posibilidad de cierre temporal.
Aguinaldo en trabajadores sindicalizados y contratos colectivos
El artículo 87 de la LFT establece el piso mínimo: 15 días de salario. Los contratos colectivos de trabajo (CCT) negociados entre sindicatos y empresas frecuentemente mejoran este mínimo. Es habitual en el sector manufacturero, automotriz, telecomunicaciones y sector público que el aguinaldo llegue a 30, 40 o incluso 90 días.
Sector público federal
Los trabajadores al servicio del Estado tienen condiciones reguladas por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE). El aguinaldo en el sector público federal es típicamente de 40 días, pagado en dos partes: 50% antes del 15 de diciembre y el 50% restante en enero del siguiente año. Este esquema busca aliviar el impacto financiero para las dependencias federales.
- Sector privado con CCT: el aguinaldo superior al mínimo legal es parte del contrato colectivo y su incumplimiento activa las mismas sanciones STPS que el aguinaldo mínimo.
- Reforma propuesta 30 días: existe una propuesta legislativa en el Congreso para elevar el mínimo a 30 días. Al 18 de abril de 2026, dicha reforma no ha sido votada ni aprobada. El mínimo legal vigente sigue siendo 15 días.
- Trabajadores por honorarios: los prestadores de servicios profesionales con contrato de prestación de servicios (art. 2606 Código Civil) no tienen derecho al aguinaldo, al no existir relación laboral subordinada. Sí tienen derecho si existe relación laboral encubierta (subordinación de facto), situación que puede denunciarse ante la STPS.
Errores comunes en el cálculo del aguinaldo que cuestan dinero
Error 1 — Confundir días trabajados con días de aguinaldo
Los días de aguinaldo (15 mínimo por ley) son el factor multiplicador del salario diario. Los días trabajados solo entran en el cálculo proporcional. Un trabajador con 365 días laborados y empresa que da 30 días de aguinaldo calcula: salario diario × 30 — no salario diario × 365.
Error 2 — Usar la exención ISR desactualizada ($2,886.60)
La exención de ISR sobre aguinaldo en 2026 es 30 × UMA 2026 ($117.31) = $3,519.30, no $2,886.60. Esta última cifra correspondía a la UMA de 2024 (~$96.22/día). Aplicar la cifra incorrecta resulta en una retención de ISR $632.70 más alta de lo legalmente obligatorio, perjudicando al trabajador.
Error 3 — Olvidar el aguinaldo proporcional en finiquitos
Cuando un trabajador renuncia o es despedido antes del 20 de diciembre, muchos patrones olvidan incluir el aguinaldo proporcional en el cálculo del finiquito. La LFT obliga a su pago sin excepción. La fórmula es: (salario diario × días aguinaldo) × (días trabajados en el año ÷ 365).
Error 4 — Calcular el aguinaldo con salario integrado
El aguinaldo se calcula sobre el salario ordinario base (sueldo fijo mensual ÷ 30), no sobre el salario diario integrado (SDI) que incluye partes proporcionales de prima vacacional, aguinaldo y otras prestaciones. El SDI se usa para el cálculo de liquidación e indemnización constitucional — no para el aguinaldo en sí.
Error 5 — Timbrar con clave de percepción incorrecta en el CFDI
El SAT exige que el aguinaldo se timbre con la clave de percepción 002 en el complemento de nómina 1.2 del CFDI. Usar la clave 001 (sueldos y salarios) o 023 (otros ingresos) impide el correcto registro de la parte exenta y puede generar rechazos o multas en una revisión fiscal.
Aviso legal — herramienta fiscal y laboral (YMYL)
La presente calculadora y el contenido editorial de esta página tienen finalidad informativa y educativa. No constituyen asesoría fiscal, laboral ni jurídica vinculante. El cálculo exacto del ISR sobre aguinaldo para fines de retención patronal requiere aplicar el procedimiento del artículo 174 del Reglamento de la LISR (RLISR), que considera el ingreso ordinario mensual del trabajador y puede diferir de las estimaciones aquí presentadas.
Para el timbrado correcto del CFDI de nómina con percepción 002 (Aguinaldo) y para la determinación exacta de retenciones, consulte a un contador público certificado (CPC) o utilice el simulador oficial del SAT en sat.gob.mx. Para asesoría laboral gratuita o quejas, contacte a la PROFEDET (tel. 800 911 7877) o a la Inspección Federal del Trabajo de su estado.
Preguntas frecuentes sobre el aguinaldo 2026
¿Cómo se calcula el aguinaldo 2026?
El cálculo parte del salario diario base (salario mensual ÷ 30) multiplicado por los días de aguinaldo que otorga la empresa (mínimo 15 por LFT). Para año completo: aguinaldo bruto = salario diario × días aguinaldo. Para trabajador con menos de 365 días: aguinaldo = (salario diario × días aguinaldo) × (días trabajados ÷ 365). Ejemplo con $15,000/mes y 15 días: salario diario $500 × 15 = $7,500 bruto. La parte exenta de ISR es $3,519.30 (30 UMA × $117.31 en 2026); la base gravable sería $3,980.70.
¿Cuánto es el aguinaldo mínimo en 2026?
El mínimo legal es 15 días de salario diario (art. 87 LFT). Con el salario mínimo general 2026 ($315.04/día), el aguinaldo mínimo es $4,725.60 MXN. En la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN), donde el SM es $440.87/día, el mínimo es $6,613.05. Muchas empresas dan más: 30, 40 o hasta 60 días vía contrato colectivo. Hay una propuesta en el Congreso para subir el mínimo a 30 días, pero al 18 de abril de 2026 no ha sido aprobada.
¿Cuándo se paga el aguinaldo en México 2026?
El artículo 87 de la LFT establece que el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre. No hay prórroga legal. El patrón puede pagarlo antes (desde principios de diciembre es práctica habitual), pero nunca después del 19 de diciembre sin incurrir en infracción. El incumplimiento activa multas de la STPS de $5,865 a $586,550 por trabajador (50–5,000 UMA 2026).
¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo 2026?
Todos los trabajadores con relación laboral subordinada regulada por la LFT, incluyendo: empleados de base, de confianza, eventuales, a tiempo parcial, en periodo de prueba y en capacitación inicial. Los trabajadores con menos de un año tienen derecho al proporcional. Quedan excluidos: prestadores de servicios por honorarios (sin subordinación), socios-trabajadores de cooperativas bajo su propio régimen, y trabajadores domésticos sujetos al capítulo especial LFT (aunque tienen derechos similares bajo ese capítulo).
¿El aguinaldo paga impuestos (ISR)?
Sí, pero con exención parcial. El LISR art. 93 fracción XIV exenta del ISR los primeros 30 días de UMA = $3,519.30 MXN en 2026 (UMA $117.31/día según INEGI DOF 09/01/2026). El excedente es ingreso gravable. El patrón calcula la retención con el procedimiento especial del art. 174 RLISR. Si tu aguinaldo es menor o igual a $3,519.30, no se retiene ISR alguno.
¿Cuánto está exento de ISR el aguinaldo en 2026?
La exención exacta es $3,519.30 MXN (30 × UMA 2026 de $117.31/día). Algunos sitios siguen citando $2,886.60 — ese monto corresponde a la UMA de 2024 (~$96.22/día) y es incorrecto para 2026. Usar la cifra desactualizada resulta en una retención de ISR superior en $632.70 a lo que la ley permite. El fundamento es el LISR art. 93 fr. XIV y la UMA publicada por el INEGI (DOF 09/01/2026).
¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?
Fórmula: (Salario diario × Días de aguinaldo) × (Días trabajados en el año ÷ 365). Ejemplo: trabajador con $12,000/mes que ingresó el 1 de julio (184 días trabajados en 2026), 15 días de aguinaldo. Salario diario = $400. Aguinaldo = ($400 × 15) × (184 ÷ 365) = $6,000 × 0.5041 = $3,024.66. Este monto es menor a la exención de $3,519.30, por lo que no hay ISR a retener.
¿Qué hacer si no me pagan el aguinaldo?
Tienes tres vías: (1) PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo): asesoría y queja gratuita, teléfono 800 911 7877, disponible en todo el territorio nacional. (2) Denuncia ante la Inspección Federal del Trabajo de tu estado — puede generar una visita de inspección y multa al patrón de $5,865 a $586,550. (3) Demanda laboral ante el Tribunal Laboral competente. El plazo para presentar la acción es de 1 año desde la fecha en que debió pagarse (art. 516 LFT).
¿El aguinaldo se incluye en el finiquito?
Sí. Cuando un trabajador renuncia o es despedido antes del 20 de diciembre, el finiquito debe incluir el aguinaldo proporcional calculado con los días trabajados en ese año. Fórmula: (salario diario × 15) × (días trabajados ÷ 365). Además del aguinaldo, el finiquito incluye: partes proporcionales de vacaciones y prima vacacional, salarios pendientes y, si aplica, la parte proporcional de otras prestaciones pactadas en contrato.
¿Puedo recibir aguinaldo si renuncio antes de diciembre?
Sí. La renuncia voluntaria antes del 20 de diciembre no elimina el derecho al aguinaldo proporcional. La LFT no distingue entre renuncia, despido justificado, despido injustificado ni terminación por mutuo acuerdo: en todos los casos corresponde el aguinaldo por los días trabajados en el año. La empresa debe incluirlo en el finiquito al momento de la baja. Si no lo hace, tienes 1 año para reclamarlo (art. 516 LFT).
Diego Fernández es economista y consultor especializado en fiscalidad y derecho laboral latinoamericano con más de 12 años de experiencia. Ha analizado la aplicación del artículo 87 LFT y el art. 93 LISR en auditorías laborales para empresas medianas y grandes en México. Sus verificaciones de la UMA 2026 y la exención ISR del aguinaldo han corregido errores propagados por calculadoras en línea con datos de años anteriores. Colabora como autor verificador en CALCURIS para las secciones de finanzas y derecho laboral de México, Colombia, Perú y Argentina.
Última actualización: · LinkedIn
Fuentes oficiales: LFT art. 87 — Cámara de Diputados · LISR art. 93 fr. XIV — Cámara de Diputados · UMA 2026 $117.31 — INEGI (DOF 09/01/2026) · SM 2026 $315.04 — CONASAMI (DOF 09/12/2025) · PROFEDET — gob.mx · STPS — gob.mx